EN LA COMUNIDAD DE MADRID
autorización
VEnta
VPO-VPP
Venda su vivienda protegida cumpliendo con la normativa que exige la Comunidad de Madrid
¿CUÁNDO NECESITO SOLICITARLA?
Normalmente durante 10 años desde la entrega de llaves del inmueble.
Durante el tiempo en que una vivienda esté sometida a protección se puede vender al precio máximo legal vigente en el momento de efectuarse la transmisión. En la propia AUTORIZACIÓN DE VENTA la Comunidad de Madrid nos detalla el cálculo del precio.
¿QUÉ TIPO DE VIVIENDA PROTEGIDA LA NECESITA?
Tendrán que solicitar las viviendas de Promoción Privada calificadas definitivamente como VPO (Viviendas de Protección Oficial), VPP (Viviendas de Protección Pública), VPPB (Viviendas con Protección Pública Básica) o VPPL (Viviendas con Protección Pública de Precio Limitado). Es un proceso de devolución de ayudas económicas para la adquisición de la vivienda o bien, justificación de no haberlas recibido.
Cuando se trate de una Vivienda de Protección Oficial de Promoción Pública, mientras dure el Régimen Legal de Protección de la misma.
¿CÓMO ES EL PROCESO PARA SOLICITAR UNA AUTORIZACIÓN DE VENTA?
La Autorización de Venta para VPP-VPO implica la devolución de ayudas económicas para la adquisición de la vivienda, más los intereses correspondientes. Se trataría de subvenciones directas y subsidiación al préstamo hipotecario. En el caso de haber subsiciación o préstamo convenido o cualificado, la Comunidad de Madrid requerirá presentar una novación hipotecaria a préstamo libre o cancelación del mismo para obtener la Autorización de Venta.
El procedimiento de Autorización de Venta nos implica aproximadamente de 1 a 3 meses.
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Indíquenos datos sobre su vivienda protegida: fecha de compra, ubicación, tipo de protección...y nos pondremos en contacto con usted para una rápida descalificación